Conocer correctamente el grado de consanguinidad es fundamental para saber si tienes derecho a determinados permisos retribuidos. USO te lo explica

El grado de consanguinidad se refiere al parentesco entre personas de la misma familia y que comparten vinculación por línea de sangre. Es decir, las generaciones de una familia.

¿Cuáles son los grados de consanguinidad?

  • Primer grado: padres e hijos.
  • Segundo grado: hermanos, abuelos y nietos.
  • Tercer grado: bisabuelos, biznietos, tíos y sobrinos.
  • Cuarto grado: primos, sobrino-nieto, tío-abuelo.

¿Y cuál es la diferencia entre grado de consanguinidad y de afinidad?

La figura legal del parentesco define el vínculo entre personas en una familia y se regula en el Código Civil (artículos 915 y siguientes).

Así, el grado de consanguinidad es el parentesco natural, de sangre. Mientras que el grado de afinidad se refiere a la relación mediante vínculo legal, como es el matrimonio o pareja de hecho. Están basados en vínculos de pareja y corresponden a la familia del cónyuge.

¿Cuáles son los grados de afinidad?

Los grados de afinidad serían:

  • Primer grado: cónyuge, suegros, yernos/nueras, cónyuge de mi padre (si no es mi madre), cónyuge de mi madre (si no es mi padre).
  • Segundo grado de afinidad: cuñados, abuelos del cónyuge, cónyuges de los hermanos, cónyuges de los nietos y hermanastros.
  • Tercer grado: cónyuge de tíos, cónyuge de sobrinos, tíos de mi cónyuge y sus cónyuges, sobrinos de mi cónyuge y sus cónyuges.

Los permisos retribuidos en caso de matrimonio, nacimiento, fallecimiento, enfermedad u hospitalización están fijados por ley y puedes solicitarlos si corresponde por grado de consanguinidad y afinidad. Si tienes dudas, contacta con USO y te las resolveremos.